Ayudas para ampliar la reducción de las cuotas de la Seguridad Social
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Ayudas para ampliar la reducción de las cuotas de la Seguridad Social

Ayudas para ampliar la reducción de las cuotas de la Seguridad Social

Consellería de Economía, Empleo e Industria

‘Ayudas Seguridad Social’

EXTRACTO de la Orden de 27 de abril de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas para ampliar la reducción de las cuotas de la Seguridad Social para la consolidación del trabajo autónomo, y se procede a su convocatoria para el año 2018.

BDNS (Identif.): 397266.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones .

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas trabajadoras que estén dadas de alta en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o autónomos, que estén o hayan estado acogidos a los incentivos y medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo del párrafo primero del artículo 31.1 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo. Las ayudas sólo son para altas en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) anteriores al 1 de enero de 2018 que cumplan con los requisitos regulados en esta orden.

Segundo. Objeto

1. Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirán las ayudas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que estén o hayan estado acogidas a los incentivos y medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo del párrafo primero del artículo 31.1 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, que establece que la cuota por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que causen alta inicial o que no hayan estado en situación de alta durante un período de tiempo anterior regulado en dicho artículo, contados desde la fecha de efectos del alta, en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o autónomos, se reducirá a la cuantía de 50 euros mensuales durante el número de meses regulados en el mencionado artículo, inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, en caso de que opten por cotizar por la base mínima que les corresponda. Las ayudas sólo son para altas en el RETA anteriores a 1 de enero de 2018 que cumplan con los requisitos regulados en esta orden.

2. Mediante la presente ayuda, a través del procedimiento TR341P, se permitirá que la persona trabajadora por cuenta propia disfrute de las reducciones indicadas en el párrafo anterior durante un máximo de seis (6) meses adicionales a los regulados en el párrafo primero del artículo 31.1 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, tomando como referencia la cotización por la base mínima establecida con carácter general y el tipo mínimo de cotización, vigentes en el mes en que se hubiese producido el alta de la persona trabajadora autónoma.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 27 de abril de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas para ampliar la reducción de las cuotas de la Seguridad Social para la consolidación del trabajo autónomo y se procede a su convocatoria para el año 2018.

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas ayudas se destinan setecientos cincuenta mil euros (750.000 €).

Quinta. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia hasta el 31 de julio de 2018.

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